martes, 28 de diciembre de 2010

Recurso en caso de multas de transito

El recurso de reposicion o de reconsideracion es propio del procedimiento ante los Juzgados de Policia Local y aparece consagrado en el articulo 21 de la Ley 18.287 que señala: " Si aplicada una multa y antes de ser pagada se pidiere reposicion haciendo valer el afectado antecedentes que a juicio del tribunal comprueben la improcedencia de la sancion o de su excesivo monto, el juez podra dejarla sin efecto o moderarla , segun lo estimare procedente , en resolucion fundada". Este recurso solo podra ejercitarse dentro de los 30 dias siguientes a la notificacion de la resolucion condenatoria.

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