martes, 28 de diciembre de 2010

Seguro automotriz obligatorio

El Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (Ley N° 18.490), cubre los riesgos de muerte y lesiones corporales que sufran las personas como consecuencia de accidentes de tránsito en que intervenga el vehículo asegurado. Este seguro protege al conductor del vehículo, a las personas que están siendo transportadas en él y cualquier tercero lesionado por el vehículo asegurado (por ejemplo peatones y ciclistas).
¿Qué hacer en caso de siniestro?
Hacer la denuncia en la unidad de Carabineros, indicando claramente:
  • Fecha, hora y lugar del accidente.
  • Indicar si existen personas lesionadas o fallecidas.
  • Datos de los vehículos involucrados (patente, número de póliza).
  • Presentarse en cualquiera de sucursales en dónde se haya contratado el seguro.
¿Como se cobra el Seguro Obligatorio?
  • Presentar solicitud en las oficinas de la aseguradora cotratada.
  • Presentar Parte o Certificado extendido por Carabineros.
  • En caso de muerte: Certificado de defunción y nacimiento del fallecido y libreta de familia (u otro documento) que acredite la calidad de beneficiarios.
  • En caso de incapacidad: Certificado médico que acredite la incapacidad.
  • En caso de lesiones: Comprobante de pago (boletas o facturas) de todos los gastos médicos ocasionados por el accidente, junto con las respectivas órdenes médicas, tratamientos y recetas de medicamentos.
Cobertura
Muerte, incapacidad permanente y gastos médicos producto de lesiones sufridas a consecuencia de accidentes de tránsito en que intervenga el vehículo asegurado, sus remolques o sus cargas.
Los gastos médicos comprenden: atención prehospitalaria, transporte sanitario, hospitalización, atención medica y quirúrgica, gastos farmacéuticos, gastos por concepto de rehabilitación de las víctimas, prótesis, implantes y atención dental.

Beneficiarios

  • En el caso de los gastos médicos; los centros asistenciales (hospitales o clínicas) que hubieren atendido al accidentado o el propio accidentado, si pagó él el costo de las prestaciones.
  • En Caso de muerte del accidentado, la indemnización se pagará a sus beneficiarios en el siguiente orden de precedencia: el cónyuge, los hijos menores de edad, los hijos mayores de edad, los padres, la madre de los hijos de filiación no matrimonial del fallecido y, a falta de los anteriores, sus herederos legales.

¿A quién está dirigido?

  • El conductor,
  • Las personas transportadas en el vehículo asegurado y
  • Cualquier tercero afectado a raíz de dicho accidente. Se consideran también terceros las personas transportadas en un vehículo que no cuente con seguro vigente y que hubiere intervenido en un accidente con algún vehículo asegurado, con excepción de cobertura para el propietario.

Requisitos

  1. Padrón del vehículo y
  2. Cancelar el valor correspondiente.

Documentos requeridos

  1. Padrón del vehículo.

¿Dónde se realiza?

Se obtiene en cualquier compañía de seguros que tenga dentro de sus productos el Seguro Automotriz Obligatorio.

Tiempo de realización

Entrega inmediata.

Costo

El costo varía según la compañía de seguros en que se contrate el Seguro Automotriz Obligatorio.

Resultado

Seguro Automotriz Obligatorio.

No hay comentarios:

Publicar un comentario